Nuestros Servicios

Más de 30 años de experiencia contigo

Nos posicionamos junto a nuestros clientes para ofrecerles nuestro mejor asesoramiento

Brindamos nuestros servicios desde hace 30 años con total confianza para nuestros clientes y con la seguridad de inversiones sólidas en un productos seguros.

Departamento Legal

Nuestro departamento legal proporciona para nuestros inversores propiedades de litigios y procedimientos en los que sus propietarios deciden vender.

Activos bancarios

Comercializamos propiedades que provienen de la oferta de reventa de fondos de inversión y cartera especial de los bancos con situación de ocupación y desalojo pactado.

Inversión Auxilio Económico

Realizamos el seguimiento de propiedades con morosidad antes de que salgan a subasta, a través de nuestro departamento Abogados a Comisión y pactamos con el propietario la asistencia legal para la defensa y posterior liquidación del inmueble.

Consultoría Inmobiliaria

Nuestras propiedades provienen de nuestra área legal donde obtenemos exclusivas de procesos judiciales, herencias, daciones en pago, divorcios, subastas, activos bancarios, entre otros.

Defensa contra la ejecución hipotecaria

Defensa ante el acreedor hipotecario por la demanda mediante las vías procesales declarativas por la cuantía correspondida

Antibancos

Ofrecemos asesoría legal integral para las operaciones de inversión, reclamaciones de cláusulas resolutorias de contratos incumplidos, recuperación de bienes por herencias, regularización de solares y viviendas, y muchos más

Proceso de Subastas

Ten en cuenta que el proceso de Subasta no es fácil, pero con AGI Consultora lo tienes prácticamente ganado.

FAQs

ES UNA EJECUCIÓN JUDICIAL FORZOSA. EL JUEZ ENAJENA PARTE DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR PARA QUE CON EL DINERO RECAUDADO EN LA VENTA, EL ACREEDOR COBRE SU DEUDA.

PORQUE LAS PERSONAS NO CUMPLEN LOS CONTRATOS .

La cantidad de dinero que reclama el acreedor más los intereses de demora y las costas judiciales.

ES EL ACTO JUDICIAL POR EL QUE AL DEUDOR SE LE RETIENE PARTE DE SUS PROPIEDADES PARA QUE DEPENDIENDO DEL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO JUDICIAL, ESOS BIENES REPONDAN POR LA DEUDA

Es la forma de hacer publicidad del embargo. De manera que si alguien compra un inmueble con una anotación preventiva de embargo tendrá que hacerse cargo de esa deuda.

Es un derecho real de garantía

La existencia de una inscripción hipotecaria no implica que esa deuda se esté impagando…

Juzgados, Hacienda, Diputaciones provinciales, Ayuntamientos y Seguridad Social.

20 DÍAS MÁS LA PRÓRROGA DE 24 HORAS.

TODO. DESDE PROPIEDADES INMOBILIARIAS, LOCALES, PARCELAS, DERECHOS, MAQUINARIA, COCHES, ETC.

– Acreedor, parte demandante

– Deudor, parte ejecutada

– Juez, sentencia, tiene la última palabra.

 Secretario judicial, organiza la subasta.

– Expropietario, puede ser un avalista sin que coincida con el deudor.

Es la resolución judicial que anuncia la celebración de la subasta con la descripción de los bienes que van a ser subastados y las condiciones que van a regir la subasta.

ES UN PRECIO DE REFERENCIA. SIRVE PARA CALCULAR EL IMPORTE DEL DEPÓSITO, 5%

CARCULAR EL UMBRAL A PARTIR DEL CUAL LA SUBASTA SERÁ FIRME 70%.

NO QUIERE DECIR QUE LAS PUJAS TENGAN QUE SER A PARTIR DEL VALOR DE SUBASTA

En los procedimientos hipotecarios ya viene dado por la tasación que se hizo de los bienes antes de ser hipotecados. Aparece como cláusula en la escritura de hipoteca.

En los procedimientos ordinarios se realiza una tasación judicial mediante un perito. Se le restan las cargas anteriores.

Fase en la que se pretende el cumplimiento forzoso de lo que ha sentenciado el juez. Se obliga a quien haya perdido el procedimiento judicial a pagar.

Paralizar la acción judicial por el procedimiento de pagar la deuda.

ES EL DOCUMENTO CERTIFICADO POR EL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD. SE CERTIOFICA QUIEN ES EL TITULAR REGISTRAL DE UN DETERMINADO BIEN Y ACERCA DE LOS BIENES Y DERECHOS QUE AFECTA A ESE BIEN. A DIFERENCIA DE UNA NOTA SIMPLE, ESTE SIRVE DE PRUEBA ANTE TERCEROS.

ES EL MEDIO DE PUBLICIDAD EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, TIENE UN VALOR PURAMENTE INFORMATIVO, NO SIRVE COMO PRUEBA PERO EL CONTENIDO ES EL MISMO QUE LA CERTIFICACIÓN REGISTRAL.

SON LOS DERECHOS QUE PESAN SOBRE UN INMUEBLE Y QUE ESTÁN INSCRITAS O ANOTADAS EN LA HOJA REGISTRAL DE LA FINCA REGISTRAL DEL INMUEBLE. CONSTAN EN UN DOCUMENTO PÚBLICO Y SE INSCRIBEN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. SON EFICACES ANTE TERCEROS.

AFECTAN A CUALQUIERA QUE ESTÉ INTERESADO EN LA ADQUISICIÓN DE ESE INMUEBLE.